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Dos decretos del Ejecutivo Nacional publicados ayer declararon la emergencia ferroviaria. Mientras la Ley bases termina de cocinarse, se estaría preparando el terreno para su venta o nueva entrega a concesión. Los detalles.

Redacción

Durante la mañana de ayer, mientras nos sacudíamos la somnolencia de la noche en vela por la sesión en la Cámara de Senadores, nos encontramos con dos decretos publicados en el Boletín oficial, por los cuales se declara la emergencia pública en el sector ferroviario.

Al mismo tiempo y a consecuencia de la sanción con modificaciones de la “Ley Bases”, se declaró a las empresas Trenes Argentinos Operaciones (SOFSE) y Trenes Argentinos Cargas (TAC) como sujetas a “privatización o concesión”. Luego del tratamiento en la Cámara alta, el proyecto debe volver a Diputados para atender las modificaciones; aunque en principio, se estarían descartando cambios sustanciales respecto del estado actual del texto de la ley dadas todos las negociaciones paralelas y cruzadas que envolvieron al proceso desde su presentación en diciembre pasado.

Pase lo que pase, no hay una sola fuente de las consultadas que prevea alguna modificación hacia la situación de los ferrocarriles. Estos no tuvieron – salvo alguna voz solitaria en algún debate de comisiones – la defensa con la que sí contaron Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino o el propio Banco Nación durante el verano.

Las elucubraciones podrían ser variadas. Sólo decir que los sectores políticos con representación parlamentaria, poca estima tienen hacia los trenes y su potencialidad en el fomento productivo y poblacional. Lo nervios se crispan cuando se afecta el servicio metropolitano de pasajeros en Capital Federal y Gran Buenos Aires.

Así las cosas, y según los decretos publicados, la declaración de emergencia exige a las empresas ferroviarias que presenten una propuesta de medidas urgentes para garantizar la seguridad operativa de los servicios. Asimismo, dice el Decreto 525/24, direcciona la transferencia de fondos al sistema ferroviario y “facilita” la importación de materiales para el mantenimiento y las mejoras de seguridad.

Por otra parte, asigna un presupuesto adicional al sector ferroviario con “el objetivo de mejorar la seguridad de los servicios ferroviarios y fortalecer el sistema en general”, atento a que la opinión oficial respecto del sistema es que se encuentra en estado crítico, con infraestructura en malas condiciones, regulaciones obsoletas y una gestión ineficiente.

El Decreto 526/2024 por su parte,  establece una serie de medidas entre las que se encuentran, la designación a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía como Autoridad de Aplicación de la emergencia; y la creación de un Plan de Acción por parte de la Secretaría de Transporte, que será implementado por las empresas ferroviarias.
También postula la posibilidad de dejar sin efecto o renegociar contratos en curso; la adecuación de las frecuencias de los servicios ferroviarios; la revisión integral de las normas y procesos vigentes en materia de mantenimiento y seguridad; la atracción de inversiones y la suscripción de contratos para la operación de los servicios de transporte y la gestión de la infraestructura; y la reorganización empresarial de las empresas ferroviarias.

Ambos decretos entraron en vigencia ayer – 13 de junio -, y por ende, las dos empresas ferroviarias mencionadas al principio, quedarán después de transcurrida la emergencia, legalmente preparadas para la concesión de los servicios al sector privado o incluso la venta completa de su patrimonio.

¿Puede cambiar la situación del sistema ferroviario en este marco y que la privatización nunca llegue? Puede ser; no hay nada que lo establezca taxativamente.

Sin embargo, no hay que perder de vista un factor importante que deriva de la “Ley Bases”: las facultades delegadas al Presidente. A través de ellas, se da plafón a Milei, para hacer casi cualquier cosa por decreto.

No hay que olvidar que el famoso DNU 70/2023 está vigente y el gobierno lo usa todos los días.

Fuente: B.O. / En el Subte /

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