La situación tiene unos cuantos años de desarrollo, pero ahora es oficialmente política de Estado. Bajo el lema “Menos burocracia”, la Secretaría de Comercio ha dispuesto los mecanismos para terminar de reventar la industria nacional a fuerza de importaciones. Esta semana, saluden a las cadenas de textiles y calzados que se van; pero la promesa se extenderá a otras.
Por Pablo Casals
Ayer, temprano, nos enteramos que la Secretaría de Industria y Comercio eliminó los controles aduaneros del etiquetado de los productos textiles y de calzado que ingresan al país. Lo llamativo es que el Gobierno nacional lo anunció con orgullo.
Las justificaciones fueron más o menos las de siempre: “bajar el costo de la burocracia y facilitar los procesos de importación”. Se dijo luego que los controles que supone el etiquetado de cualquier producto que ingrese al país, se realizarán una vez, dicha importación esté consolidada; es decir, ya circulando en el mercado interno.
Los etiquetados en los productos que se comercializan en Argentina, sirven para identificar a la empresa que los confeccionó y las características específicas del producto. Dicho etiquetado se debía realizar en origen. De no ser así, la mecánica consistía en la solicitud de autorización a la Secretaría de Industria y Comercio para la realización del reetiquetado local a través del proceso de Adaptación al Mercado Local (AML).
Lógicamente, este trámite conllevaba sus tiempos y trámites pertinentes, que ocasionaban demoras comerciales para quién efectuaba la importación. Sin embargo, por otra parte, era una forma indirecta de proteger nuestras industrias textiles y del calzado.
Paremos un cachito acá para pensar, y cambiemos la letra así no mezclamos.
De por sí, siempre consistió en un disparate permitir la entrada al país de este tipo de bienes que compiten directamente con nuestros fabricantes locales, que son los que en definitiva movilizan la industria, tributan y generan los puestos de trabajo. Vamos a dar un ejemplo simple para que se comprenda el trasfondo del problema. No tenemos los números reales en este momento, por lo tanto, ejemplificaremos con números “chicos”, solamente de cara a ilustrar la explicación.
Ejemplo: supongamos que el mercado interno argentino demanda por año 200 pares de botines de seguridad industrial. Entre ellos, hay 20 pares que poseen un material especial que no se fabrica en Argentina, pero que son fundamentales para usarse en cierto tipo de actividad. Bien, hasta acá lo que el mercado interno consume por año.
En ese contexto, las fábricas argentinas hasta el momento, tienen la capacidad de producir la mitad de esa demanda total, y no pueden producir los calzados especiales.
¿Cómo sería el procedimiento correcto de una Secretaría de Comercio? El mismo tiene cuatro acciones casi simultáneas. Por un lado, autorizar la importación de los 20 pares especiales; y por otro, sólo autorizar el ingreso de los 80 pares de botines comunes que faltan para satisfacer la demanda interna.
En tercer lugar, la tarea consiste en llamar a los fabricantes de calzado de seguridad nacionales, y trabajar con ellos la necesidad de satisfacer completamente la demanda de botines comunes, e incluso proyectar la ampliación. La población crece, el trabajo necesario aumenta, y por lo tanto – en pocos años – se necesitará una mayor cantidad de pares de botines comunes. Si ese aumento de la capacidad de producción puede planificarse, mejor para todos y fundamentalmente para el fabricante. El Estado puede colaborar no sólo protegiendo la actividad, sino también subsidiando factores, ampliando el acceso al crédito, o asumir un programa de capitalización. Las variantes serían múltiples.
Cuarto lugar; en cuanto a esos pares de botines especiales, la proyección también involucra la conveniencia real y potencial de fabricar en el país. Es decir, si vale la pena por la cantidad y posible evolución, que el Estado Nacional apoye el desarrollo de un fabricante nacional de ese tipo de productos. Puede que no. O puede que sí, porque es posible que ese segmento crezca lo suficiente nivel interno como para justificar la producción del mismo; o bien, que dicho segmento no crezca tanto en Argentina pero sí lo haga a nivel regional y que cada país hermano necesite sus 20 pares de botines especiales. No es lo mismo que el proveedor para Sudamérica esté en Asia, a que esté en nuestro país. En nuestro “mundo ideal”, deberíamos poder igualar y superar calidad, ser más baratos en términos logísticos, y lograr un mayor entendimiento comercial entre países hermanos.
Pero bueno… todo eso que se desarrolló en el ejemplo hace años que no se practica en Argentina. Estamos viejos y “obsoletos”, el “mundo cambió”…
¿Qué dispuso el gobierno? Prácticamente todo lo contrario. Bajo el argumento que el etiquetado sólo produce “procesos arbitrarios, burocráticos y costosos que, en algunos casos, demoran significativamente la disponibilidad de la mercadería”, que durante el año pasado generaron 1.500 expedientes tramitados en la Secretaría de Industria y Comercio; ahora se dispuso todo lo contrario.
Según las Resoluciones 156/2024 y 159/2024 publicadas en el Boletín Oficial, las empresas importadoras, deberán arbitrar los medios para que los productos cuenten con el etiquetado previo a la comercialización; es decir, antes de que entren en circulación en el mercado interno, pero como paso posterior al control aduanero.
A partir de ahora – y valga la redundancia –, los controles a las importaciones de productos textiles y calzado, correrán por cuenta y orden de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
En teoría, dichos controles se deberían hacer en los depósitos mayoristas de los importadores de textiles y calzado; o bien, ya en el comercio minorista.
En criollo, no habrá controles. Valdrá todo, y vaya a saber todo lo que ingrese al país en esas importaciones de productos textiles y calzado
Fuente: Boletín Oficial