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Carne es todo, pero algunos son más carne que otros….

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca dispuso la suspensión hasta fines de 2023 de las exportaciones de siete cortes parrilleros de consumo interno. Al mismo tiempo, liberó el envío de carne de vacas de conserva o de manufactura.
Redacción

Con el objetivo de establecer “un marco normativo para la comercialización y exportación ganadera” para 2022 y 2023, el Ministerio de Agricultura oficializó una serie de medidas “consensuadas con las entidades de productores y la industria frigorífica”. Las mismas intentarán dar previsibilidad al sector, garantizando la producción, la exportación y el consumo interno, según se destacó desde la cartera..
Mediante el Decreto 911/2021, publicado el lunes en el Boletín Oficial, se estableció la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023 de siete cortes de consumo masivo reservándolos para el mercado local: el asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío. Asimismo, se suspende la exportación de las reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.
La excepción a la regla está destinada a cumplir con los contingentes arancelarios otorgados por terceros países, como la cuota Hilton o el cupo de exportación a los Estados Unidos.
Por Resolución 301/21, la cartera conducida por Domínguez, liberó en su totalidad la exportación de carne de vacas de las categorías D y E, y de toro, exceptuando a los siete cortes preferidos señalados. También contempla el envío de los huesos con carne resultantes del deposte. En tal sentido, se abrirá durante 60 días el registro de exportadores, los cuales, deberán presentar sus Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) para las cuales se establece un plazo de cinco días hábiles para su aprobación.

Por último, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Ministerio de Desarrollo Productivo, determinó en forma conjunta, que las carnes destinadas al comercio minorista interno, deberán salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilos, estableciendo plazos de hasta 6 meses para cumplir con tal requisito. Es decir, se prohibió el envío de medias reses a las carnicerías, obligando a los frigoríficos a trozar en cuartos, y con el objetivo de “de hacer más eficiente la cadena de comercialización interna”.

Para el gobierno, la “eficiencia” está explicada por una mejora en la salubridad de la carne y de las condiciones de trabajo para el personal encargado de la faena y el transporte, pero también contempla una “visión comercial”, que implica “actuar en defensa del consumidor”: la media res no asigna necesariamente los cortes que se demanda, lo cual repercute en el precio.

Entonces según el Gobierno: “una distribución por trozos anatómicos de menor peso les permite a los abastecedores realizar una mejor asignación de los cortes, de acuerdo a las necesidades de cada mercado minorista”; y así, “ la carne de los cuartos delanteros de los bovinos, que usualmente son cortes más baratos- podrían destinarse a los mercados de poder adquisitivo limitado, mientras que los cotizados cortes del cuarto trasero o “pistola” (como la nalga o los bifes) podrían orientarse a barrios que demanden y puedan pagar ese tipo de carne”.

Fuente: MAGyP / Télam / Consorcio ABC

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