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Deuda odiosa y soberanía ficcional (quinta parte)

Quinta entrega de la charla con Alejandro Olmos Gaona, que tuvo lugar el 4 de octubre pasado, en un espacio libre de la red X.

Redacción

Compartimos la quinta parte de la charla con Alejandro Olmos Gaona [1] que mantuvieron los hacedores un interesante espacio que se desarrolla cada viernes en la red social X (ex twitter). En la misma se abordaron varios temas tanto de actualidad política nacional y regional, como también algunos de los ejes que han caracterizado la obra del autor: las deudas externas odiosas; las sesiones de soberanía que realizan los Estados Nacionales ante organismos multilaterales de crédito o fondos de inversión privados; y la relación de nuestro país con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Demás está decir, ponderar nuestro agradecimiento por la autorización para difundir este material, a los hacedores del mencionado espacio en la red X, habitualmente coordinado por Mariano Maccarone (Sanmartiniano), y secundado Paula (Veneciana), Pablo (Doc12), Lautaro (Teniente Carpincho), y Guillermo. Entre paréntesis, los seudónimos con los cuales se los encuentra en la mencionada red.

Una aclaración de edición: ya que el texto deriva de la desgrabación de una charla, los lectores encontrarán algunas anotaciones entre corchetes. Éstas corren por cuenta del Editor, y hacen las veces de agregar o aclarar alguna información, ya que la usanza coloquial omite algunos detalles.

Editor Responsable*

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Primera Parte

Segunda Parte

Tercera Parte

Cuarta Parte

DEUDA ARGENTINA. Invitado: Alejando Olmos Gaona

(4 de octubre de 2024 – Red X) – Quinta Parte

Otras dos preguntas que quisiéramos hacerte, Alejandro, sobre el artículo 124° de la Constitución Nacional, que establece la provincialización de los recursos naturales, y la diferencia con la Constitución de 1949 el artículo 40°. Luego, la otra pregunta es que viendo el mosaico de países que hay en el mundo y el rol que tiene cada Estado -porque tenemos paraísos fiscales y demás-; pero ¿cómo calificaría a la Argentina? ¿Lo calificaría como un paraíso fiscal? Porque parece que -con lo que usted está contando- que es un gran lavadero de dinero la Argentina.

AOG: Bueno; voy a lo último. Argentina no es un paraíso fiscal; pero acá puede pasar cualquier cosa, ¿no? Porque acá hay que pagar impuestos, hay un montón de cargas tributarias etcétera. Que no las cumplan o no, es otro detalle. Un paraíso fiscal es cuando un país tiene una serie de exenciones y da facilidades que no tiene un país como el nuestro. Lo que quiere hacer Milei de alguna manera no es convertir al país quizás un paraíso fiscal; pero sí permitir que los empresarios vengan, se lleven todo lo que puedan, y que as imposiciones para ellos sean mínimas porque se van a ver beneficiados por una enorme cantidad de años.

Respecto del artículo 124° de la Constitución Nacional, la diferencia con la Constitución del 1949, se estableció que los recursos imprescriptibles, inalienables y estaban en poder de la Nación. Pero cuando se dicta la Constitución del ’94, con el lobby encabezado por la provincia de Santa Cruz las provincias petroleras consiguieron que el artículo 124° que se sancione. Dicho artículo, establece que las provincias tendrían el dominio originario de los recursos. Pero esto se agravó con la “Ley corta” del año 2006, por la cual ya no solo las provincias tenían el dominio originario, sino que también tenían la administración de los recursos. O sea, las provincias podían hacer lo que quisieran con los recursos que había en cada una de ellas. Cosa que fue cuestionada por nosotros, por Pino, por mí y un montón de gente. ¿Porque ustedes se imaginan a la provincia de La Rioja negociando con Chevron? ¿Ustedes se imaginan a cualquier provincia petrolera negociando con la Total de Francia, o con alguna de las grandes, o con la Standard Oil? Es decir, indudablemente hay una simetría notable entre el poder de uno y la obediencia debida de otros. Lamentablemente la Constitución incorporó ese artículo; la “Ley corta” lo fortaleció; y hoy en día cualquier provincia que tiene petróleo como Salta, Chubut, Santa Cruz, puede hacer absolutamente lo que quiera con sus recursos: hipotecarlos, garantizar deuda que emitan sin ningún tipo de problema. Y si eso no se cambia, indudablemente la Argentina va a tener muchos problemas.

Porque hay provincias muy endeudadas. La deuda en general de las provincias creo que en este momento está alrededor de los casi 40.000 millones de dólares en total; y los recursos pueden ser susceptibles de ser embargados si son si son garantía de operaciones que se han hecho.

Ahora bien, si llegara un gobierno patriota, ¿por dónde tendría que empezar para desarmar toda esta estafa jurídica que tenemos? En primer lugar, porque sin la ley no se podría haber hecho nada de esto que pasó en estos últimos 48 años. ¿Y modificar por dónde? Tendría modificar toda la estructura legal porque ¿cómo es posible que tengamos leyes de la dictadura? Modificar la ley de inversiones extranjeras; modificar la Carta Orgánica del Banco Central; la ley de entidades financieras…

Es decir, modificar todas las normas regulatorias que permiten que las empresas puedan hacer lo que se les dé la gana es decir los controles que se han eliminado. Modificar la ley de administración financiera del artículo 60 al 70, porque se permite celebrar acuerdos con el Fondo sin pasar por el Congreso. Si bien esa ley fue modificada en el 2022 cuando se firmó el nuevo acuerdo con el Fondo -donde se estableció que para un acuerdo con el Fondo había que pasar por el Congreso-, se dejó ese aspecto liberado para cualquier otro acuerdo con otro organismo multilateral como la Corporación de Fomento, el Banco Interamericano Desarrollo, el Banco Mundial, etcétera. Sino se desarma toda esa estructura, no vamos modificar el Código de Procedimientos terminando con la prórroga de jurisdicción.

Hay un montón, un conjunto de elementos que son fundamentales dentro de la estructura legal del Estado para que eso pueda funcionar. Ahora con la “Ley Bases”, con los Decretos de Nececidad y Urgencia de Milei, por el cual a través del decreto 780 ya quedó modificada la Ley de Acceso a la Información Pública, ya hay cosas de las que no se va a poder pedir información. O el 846 que se dictó la semana pasada [entre el 23 y el 27 de septiembre], que permite que Caputo pueda canjear y emitir deuda sin pasar por el Congreso, violando el artículo 65 de la Ley de Administración Financiera.

Entonces, cuando un país se maneja al margen de la ley, cuando los decretos modifican las leyes, puede pasar cualquier cosa.

Algunos de los que estamos acá tenemos una lista de instrumentos jurídicos que hay que derogar, pero seguramente que no agotamos todos los instrumentos jurídicos porque a veces hay instrumentos jurídicos dormidos, que de repente se despiertan, y te hacen un agujero. Es decir, todos los Caballos de Troya que hay dando vueltas. ¿Usted tiene alguna lista al respecto como para poder pasarnos, y si hay alguna otra normativa que se haya pasado para poder completar?

AOG: Tengo las fundamentales. Hay un montón; pero los fundamentales los tengo. Los básicos, digamos. Porque cuando se configuró el digesto jurídico argentino en el 2013, 2014; se eliminaron leyes que ya no están vigentes, se ratificaron otras, etcétera. Tengo algunas que por supuesto les puedo mandar. Pero acá en toda esta cuestión del Estado, no sólo hay que modificar ese tipo de leyes tiene que ver con el económico, sino otras también.

Yo no sólo me ocupo del tema deuda, sino que también me ha interesado mucho el tema de los menores. No es posible que tengamos un régimen penal de los menores que lleva la firma de Videla. Es decir, el régimen penal de la minoridad que rige actualmente, que permite que a los menores los apaleen, los torturen y hagan cualquier cosa en las cárceles federales y provinciales, es de la dictadura militar; y ni siquiera la al Estado argentino consiguió que se modificara. Allá por el 2013 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino por la muerte de menores y torturas en determinadas cárceles, y le pidió al gobierno argentino que modificara el régimen penal de los menores. Año 2013; pasaron 11 años y seguimos sin hacerle caso al fallo de la Corte Interamericana.

Siguiendo con las normas de la dictadura, tenemos la ley la 1364 y un montón de leyes madre que provienen de la dictadura y ningún gobierno democrático las derogó perdón. Además, hay normas que tienen que ver con otras leyes que no son de la dictadura pero que permiten que se realicen actos administrativos sin control, que son la ley 19.549 de Contratación Pública Administrativa, y la ley 11.672, complementaria permanente del Presupuesto, que ha sido modificada permanentemente con un montón de artículos que permiten hacer determinados contratos internacionales sin control legislativo ni nada. Hay un conjunto de normas que nos perjudican porque suprimen todo control del Estado, sobre cosas que se tendrían que ejercer desde el Estado. Un control determinado y riguroso.

Nosotros tenemos la Ley de Puertos; el Tratado de amistad con Gran Bretaña; y los Acuerdos de Madrid… ¿Hay alguna manera de poder derogar esos instrumentos? ¿O hay alguna manera de poder dejar de estar sujetos a esos instrumentos que realmente nos atan la soga al cuello? Porque directamente somos un protectorado de Gran Bretaña… Tenemos las manos atadas en lo militar, en lo económico y en lo territorial.

AOG: Yo no estoy tan de acuerdo con esto de los Acuerdo de Madrid. Aunque un amigo mío, el doctoro González, ha escrito sobre el tema. Yo tengo una visión distinta, porque primero no son acuerdos exigibles porque no han sido ratificados por el Congreso Nacional. Todo Acuerdo, todo Tratado internacional no ratificado por el Congreso no es exigible.

Mucho más peligroso que los Acuerdos de Madrid, es el Tratado de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones con Gran Bretaña firmado durante la gestión de Menem. Es un Tratado que fue ratificado por una ley del Congreso, y que permite que Gran Bretaña pueda hacer todo tipo de inversiones, exploraciones en la plataforma continental, y hacer lo que quiera sin ningún problema. ¿Qué hay que hacer? Denunciar el Tratado; pero no se denuncia el Tratado.

Yo me acuerdo cuando empezaron las exploraciones de empresas británicas, donde en alguna de las cuales Black Rock es accionista, y todos empezaron a decir “No; ¿cómo se permite esto?” Sucede que acá hay una enorme ignorancia de la legislación que lo permite, porque Gran Bretaña tiene un Tratado con la Argentina al respecto, ratificado por Ley de la Nación que le permite hacer ese tipo de cosas. Ahora, si no se denuncia el Tratado, Gran Bretaña tiene todos los derechos de explorar y de hacer lo que se le dé la gana porque tiene un elemento jurídico que se lo permite.

Nuestra soberanía está sometida a la Corona inglesa desde que perdimos Malvinas. ¿Eso es verdad?

AOG:  No. La Corona inglesa en este momento no tiene el poder que tiene Estados Unidos. Nosotros estamos sometidos generalmente a las decisiones -a muchas, no a todas- que se manejan en Estados Unidos. Inglaterra dejó de tener ya hace tiempo el poder que tuvo en otros momentos. Si bien hace un tándem muy bueno con Estados Unidos, creo que hay mucho de fantasía en eso.

La prueba es que la mayor parte de los contratos están sometidos a la jurisdicción norteamericana, no a la jurisdicción británica. Los contratos que se hacen, se hacen generalmente con empresas norteamericanas, no británicas. Sí, hay una serie de convenios y de contratos que se han hecho, pero no tienen la entidad que tuvo en otro momento Gran Bretaña en la Argentina. Es decir, en otro momento especialmente en la década del entre el 1920 y 1940, ahí sí había una enorme preponderancia británica, porque el Banco Central fue diseñado por un director del Banco de Inglaterra; y porque la mayor parte de las empresas más importantes estaban en mano de los británicos: los ferrocarriles, la compañía de gas, y un montón de cuestiones fundamentales. Pero eso desapareció hace mucho tiempo.

*Pablo Casals -DNI 25.554.396

NOTAS

[1] Alejandro Olmos Gaona es un historiador argentino, dedicado al estudio de la deuda externa. Es hijo de Alejandro Olmos también historiador de la misma temática y querellante en el juicio sobre la legalidad de la deuda externa argentina. En 2006 presentó un recurso de amparo ante la Justicia argentina para que el gobierno de Néstor Kirchner suspenda el pago de 9.530 millones al FMI. Fue asesor del gobierno de Ecuador bajo la presidencia de Rafael Correa hasta 2008. En este país fue miembro de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC) que auditó los préstamos tomados por los gobiernos ecuatorianos entre 1976 y 2006. En Argentina se desempeñó como asesor del diputado Pino Solanas. Desde allí denunció al entonces ministro de Economía, Axel Kicillof, por el acuerdo con el Club de París que aumentó los intereses de la deuda. Luego, con el cambio de gobierno, realizó presentaciones en la justicia para que se investigue la operatoria de las empresas off-shore del presidente Mauricio Macri. Posee varios libros publicados alrededor de la temática abordada en esta charla.

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