Segunda entrega de la charla con Alejandro Olmos Gaona, que tuvo lugar el 4 de octubre pasado, en un espacio libre de la red X.
Redacción
Publicamos la segunda parte de una interesante charla con Alejandro Olmos Gaona [1] que mantuvieron los hacedores un interesante espacio que se desarrolla cada viernes en la red social X (ex twitter). En la misma se abordaron varios temas tanto de actualidad política nacional y regional, como también algunos de los ejes que han caracterizado la obra del autor: las deudas externas odiosas; las sesiones de soberanía que realizan los Estados Nacionales ante organismos multilaterales de crédito o fondos de inversión privados; y la relación de nuestro país con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Demás está decir, ponderar nuestro agradecimiento por la autorización para difundir este material, a los hacedores del mencionado espacio en la red X, habitualmente coordinado por Mariano Maccarone (Sanmartiniano), y secundado Paula (Veneciana), Pablo (Doc12), Lautaro (Teniente Carpincho), y Guillermo. Entre paréntesis, los seudónimos con los cuales se los encuentra en la mencionada red.
Una aclaración de edición: ya que el texto deriva de la desgrabación de una charla, los lectores encontrarán algunas anotaciones entre corchetes. Éstas corren por cuenta del Editor, y hacen las veces de agregar o aclarar alguna información, ya que la usanza coloquial omite algunos detalles.
La primera entrega, puede leerla clickeando acá.
Editor Responsable*
DEUDA ARGENTINA. Invitado: Alejando Olmos Gaona
(4 de octubre de 2024 – Red X) – Segunda parte
Para aquellos que no están familiarizados con el lenguaje jurídico, para los legos, ¿puede desarrollar el concepto de inmunidad soberana?
AOG: El concepto de inmunidad soberana es que un país no puede ser sometido a juicio en ninguna parte porque el Estado tiene plena autonomía para manejarse, y como dice el artículo 117° de la Constitución Nacional, cualquier conflicto debe ser dirimido en la Argentina.
Ahora, ¿qué pasa cuando se renuncia esa inmunidad? Se renuncia porque se considera que el Estado al emitir bonos, está trabajando; como que está ejerciendo una actividad meramente comercial como si fuera un comerciante convencional, y hay una enorme cantidad de fallos en los Estados Unidos este donde lo han puesto de manifiesto. Ahora bien; cuando renuncia a la inmunidad soberana, la Argentina generalmente hace reserva de las misiones diplomáticas extranjeras, de las reservas del Banco Central. O sea, siempre cuando uno ve los bonos dice, “la Argentina reduce la inmunidad soberana del Estado con excepción”; y hay todo un listado de cosas donde la Argentina sigue conservando su soberanía.
Pero por otra parte, hay otro hecho. Una cosa es renunciar a la inmunidad para que te hagan un juicio, y otra muy distinta es renunciar a la inmunidad de ejecución. Es decir, si a nosotros nos hacen un juicio en los Estados Unidos y la Argentina en los bonos que se accionan ha renunciado a la inmunidad soberana, se puede hacer el juicio; la Argentina puede ser condenada. Pero después, para ejecutarlo, en la Argentina tienen que pedir un exequatur [2] venir acá y acá ver si la Corte Suprema admite esa demanda o no. Como quedó claramente reflejado en el juicio Clarence donde la Corte rechazó el pedido de la Justicia norteamericana y dijo que “de ninguna manera”, porque lo que se estaba accionando violaba las normas legales de la Argentina.
Cuando se hizo el plan Brady el ’92, ese “gran patriota” que fue Carlos Menem, no sólo renunció a la inmunidad soberana, sino que además renunció a la inmunidad de ejecución. Es decir, que podían ejecutarlos fuera de la Argentina y aún en la Argentina, porque la Argentina había renunciado a esa inmunidad.
Ahora muchos dicen -y de alguna manera tiene cierta lógica-, que a la Argentina nadie le da un mango si no renuncia a la inmunidad, cuando nosotros somos persistentes endeudados: endeudados seriales. Entonces, indudablemente nos dicen, “bueno viejo, les damos la plata pero tienen que renunciar a esto”; y lo hacemos.
Esto queda para los países periféricos, países en vía de desarrollo; porque jamás Estados Unidos renunciaría a la inmunidad soberana de su país. Ni Estados Unidos, ni Francia, Alemania, ni Italia, ni España. Esto queda para nosotros porque saben que nosotros accedemos siempre a lo que nos piden, y somos los mejores alumnos en ese tipo de cosas.
Las siguiente en realidad son dos preguntas. Una es el tema de la legitimidad en cuanto a los funcionarios que toman estas deudas, que por ejemplo lo hacen en franca violación de la legislación interna de un país. Por ejemplo, Mauricio Macri alegaba que habían endeudado al país para darle el dinero a los bancos cuando la función del Poder Ejecutivo es velar por los intereses del pueblo argentino y no por los bancos. O sea; hay un franco incumplimiento de sus deberes, a de los deberes de funcionario público, y sin embargo el tipo endeudó el país en 45.000 palos con ese argumento. Además de que fue cuestionado también, en el hecho que el préstamo que fue dado por el Fondo Monetario, estuvo en contra de sus propios estatutos. O sea; ¿hay un vicio en la legitimidad? Y en todo caso, ¿valdría la pena plantear algún tipo de impugnación? Relacionado con esta pregunta, también saber si es impugnable por esa vía si la doctrina, si hay doctrina; ya que renunciamos a la jurisdicción interna. Es decir, si hay doctrina norteamericana que recepcione esto, de hacer lugar a este tipo de impugnación por la ilegitimidad, y por lo otro que habías comentado al principio, por el uso que se le da la deuda. Porque francamente, toda la deuda que se ha pedido no la aprovechó el pueblo argentino, claramente.
AOG: Bueno, una de las cosas que yo he planteado siempre es, ¿cómo la Argentina que sucumbió a ser discípulo de los Estados Unidos y Gran Bretaña no usa una doctrina práctica y francamente norteamericana como la doctrina de laudo? Pero claro, eso es un problema ya de nuestros jefes de estado que ese tipo de cosas no las usan. Yendo al punto de que vos planteas del Fondo Monetario y a otros; porque durante el gobierno de Macri la deuda creció 100.000 millones de dólares de los cuales 47.000 fueron provenientes por el Fondo.
Escribí un libro que se llama “El FMI y el derecho internacional”. Lamentablemente pude conseguir tres o cuatro ejemplares porque lo editó la Universidad de la Punta en la provincia de San Luis; y como tenía prólogo del gobernador Alberto Rodríguez Saá, el nuevo gobernador del PRO no sé si tiró a la basura la edición, la confiscó… No pude ver un solo ejemplar, y ahora va a ser editado por una editorial argentina.
Allí explico que el problema del Fondo Monetario es extremadamente complejo. Porque primero, la plata llegó. En segundo lugar, porque hay una enorme ignorancia sobre sobre el Fondo Monetario. Porque claro, el Fondo Monetario tiene mala prensa. Todos hablan mal del Fondo Monetario porque desde que la Argentina celebró su primer acuerdo durante la presidencia de Frondizi hasta el último acuerdo hecho en el 2022 por Martín Guzmán, los tratos nunca beneficiaron a la Argentina por los ajustes y por los condicionamientos. Porque si bien el fondo es el prestamista de última instancia y el que menos cobra, es el que te pide ajustes, te pide condicionamientos, te maneja la política monetaria, cambiaria, financiera, etcétera, etcétera. Ejerce una especie de tutoría económica.
El problema con el Fondo es que se tiran versiones y cosas que no tienen que ver con la realidad. Por eso yo escribí el libro ese para que la gente se informe de cosas que se dicen. En principio, cuando se estaba instrumentando el acuerdo con el Fondo, un conjunto de Diputados Nacionales y otros salieron a decir “que no, que tiene que pasar por el Congreso”; ignorando que la Ley 24.156 de Administración Financiera en su Artículo 60° en la parte final, dice que toda la emisión de deuda debe ser autorizada por las leyes de presupuesto excepto los créditos que pidan a Organismos Multilaterales de los que forme parte. O sea, concretamente, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la Corporación Americana de Fomento (CAF), etcétera.
Ahora, primer error: decir que esa ley no está vigente. Esa ley fue ratificada en el 2014 en cuanto a su validad definitiva. En segundo lugar, “que no que sí”. Bien; fue un préstamo que no tenía antecedentes en la historia de Argentina, y en el Fondo Monetario se dijo que el fondo había violado la ley al haber prestado semejante cantidad de dinero y no es cierto.
¿Por qué no es cierto? Porque los estatutos del Fondo además, tienen tres aspectos. Primero, tiene el Convenio Constitutivo. Después del Convenio Constitutivo, tiene los estatutos y los reglamentos; y además, una serie de normas internas que deciden los gobernadores cuando se reúnen. Entonces, normalmente el Fondo presta el 1,5% de lo que tenga un país como derechos especiales de giro. La Argentina tenía 5.000 millones de dólares. Podría haberle prestado 7.500 millones. En casos extraordinarios, podría prestarle al país cuatro veces esa cifra. O sea, teníamos 5.000 millones a prestarnos 20.000 millones. Ahora nos iban a prestar 57.000 millones porque aparte de eso, los directivos del Fondo en cualquier momento pueden modificar cualquier norma para ajustarla a lo que se le plantea, por un lado; y por otro lado, el grave problema con el Fondo, es que este tiene más inmunidades que un país soberano.
Aunque mucha gente no lo sabe, el artículo 9° del Convenio Constitutivo del Fondo, establece que el Fondo como institución tiene inmunidad absoluta de jurisdicción. Cosa que no tiene ningún Estado. Porque si la Argentina tiene un problema con Bolivia, Chile, Paraguay, etcétera, algún problema de límites, la Argentina va a la Corte de La Haya a plantear el derecho que crea que se le ha afectado. En el caso del Fondo eso es absolutamente imposible porque tiene inmunidad de jurisdicción. No puede ser juzgado en ningún Tribunal de ninguna parte del mundo y tampoco en la Corte de La Haya. tienen inmunidad de jurisdicción. Sus gobernadores, sus directores, sus funcionarios, tienen absoluta inmunidad de sus archivos. Nadie puede saber qué papeles preparan; qué estudios; qué hacen. Es decir, tienen una especie de algo que no es inmunidad, es impunidad. Una impunidad total, y estas inmunidades que se dio el propio Fondo en 1945 fueron ratificadas por las Naciones Unidas en la convención de Nueva York de 1947. Es decir, que el Fondo puede hacer lo que quiera. Puede dañar a cualquier país. Puede hacer todo lo que conocemos con la Argentina, con el Ecuador, y con otros. No hay forma alguna de cuestionarlo, y jamás los países que integran el Fondo -que son 192 en este momento-, tuvieron alguna idea de que esto se cambiara.
Claro, hay otra realidad: el Fondo lo integran 192 países, pero lo manejan cinco. Primero Estados Unidos, después Japón, tercero Alemania, China y Gran Bretaña. Pero el que tiene el mayor poder de decisión es Estados Unidos porque es el único país que por el capital que tiene en el Fondo, es el único país que tiene derecho a veto. Es decir, si 191 países dicen “A”, y Estados Unidos dice “B”; se hace lo que dice Estados Unidos. Como ustedes verán, el sistema financiero es perfecto para que siempre -siempre-, los grandes usureros siempre ganen; y siempre tengan una cobertura total porque nadie los puede tocar.
Ahora bien: ¿el Fondo violó las normas cuando nos dio la plata? No violó nada. Violó cuando en vez de ejercer el control sobre la plata que daba, no lo ejerció. Porque el artículo 5° del Convenio Constitutivo establece que cuando el Fondo vea que la plata no es utilizada para lo que fue solicitada, debe advertirle al gobierno y pedirle explicaciones. El artículo 6°, establece que cuando el Fondo advierte que la plata que envía es utilizada en una salida de capitales, tiene que intimar al gobierno a que cese con eso; y si no eventualmente terminar con el desembolso de fondos, y eventualmente suspenderlo.
Nada de eso hizo el Fondo, y la única alternativa que tiene un Estado es ir a las Naciones Unidas, para que las Naciones Unidas le pida a la Corte de La Haya una opinión consultiva sobre si el Fondo violó o no su Convenio Constitutivo. Pero es una opinión consultiva de la Corte que, por supuesto sería importante que el gobierno la hubiera hecho, pero no la hizo. Una opinión que el Fondo la puede recibir y desligarse. El Fondo ha llegado al extremo decir que no lo afectan los pactos internacionales de derechos económicos, sociales y culturales porque -dice- que sí bien “nosotros integramos el organigrama de las Naciones Unidas, somos una entidad monetaria que no tenemos nada que ver con ese tipo de cosas”.
Entonces, como verán, el problema es grave. Porque nosotros que hemos hecho todo eso, nos hemos sometido al Fondo. Hemos negociado con el Fondo. Estamos indudablemente sometidos a toda esa estructura. Porque si yo soy miembro de un club debo cumplir con sus estatutos, si no me voy. Argentina si no quiere cumplir con el Fondo se tiene que ir. Pero como no se fue, ni se va a ir, entonces tiene que cumplir estrictamente con eso.
Por otro lado, algo que también es importante es que la estructura financiera está tan perfectamente diseñada, que cuando se firma un pedido de tal monto, se lo llama un “crédito del Fondo”, el “préstamo del fondo”. Pero en realidad, no es ni un préstamo, ni un crédito, ni nada. Técnicamente el standby es una compra de monedas por la cual el Estado argentino le compra al Fondo Monetario Internacional tantos derechos especiales de giro. Los derechos especiales de giro son una canasta de cuatro o cinco monedas equivalentes a tantos millones de dólares; y se compromete a devolverlo en tal tiempo.
Ahora bien, el tema es que no es un contrato que celebra la Argentina con el Fondo donde una parte tiene derechos y obligaciones, y la otra parte también.
No. La Argentina, como cualquier país cuando celebra una operación con el Fondo, le manda una carta al Fondo Monetario diciendo: “necesitamos que el Fondo nos asista y nos de tantos derechos especiales de giro, equivalentes a tantos dólares estadounidenses; que serán empleados de acuerdo a los documentos que se adjuntan; y qué se adjunta un memorándum de entendimiento técnico y un memorándum de políticas económicas, donde ahí se establece todo lo que va a hacer el gobierno -en el caso argentino- con la plata del Fondo”.
El fondo recibe eso y dice: “le damos o no le damos”. El Fondo lo único que hace es decir si da la plata o no. El fondo no se compromete en absoluto en nada. Por lo cual, si la plata se utiliza mal, o si el gobierno hace lo que sea con ese dinero, el Fondo no tiene ninguna responsabilidad porque el no firmó nada; no se comprometió a nada. El Fondo se limitó a dar la plata.
El que se comprometió fue el gobierno. El que firmó fue el gobierno. Porque claro, la carta de intención la firma el presidente del Banco Central. En ese momento la firmó Luis Caputo como presidente del Banco Central, y Nicolás Dujovne como ministro de Finanzas. Entonces, todos los compromisos los hace el Estado; y cualquier problema el Estado se lo tiene que bancar. El Fondo no tiene nada que ver con la responsabilidad de por qué no se usó la plata para lo que dijo el gobierno. Pero también, así como nosotros no podemos ejecutar al Fondo, ni accionar legalmente; el Fondo tampoco puede hacer lo mismo con nosotros. ¿No sé si fui claro respecto de esa última parte?
O sea, el Fondo no puede tomar represalias contra nosotros. Ninguna. Porque, así como el Fondo no puede ser sometido a ninguna jurisdicción -porque indudablemente tiene esa inmunidad-, tampoco puede ejecutarnos.
Entonces, ¿qué pasa? Ustedes se acuerdan que cuando se estaba discutiendo el acuerdo con el Fondo todos decían: “no; hay que pagarle al Fondo”. Desde Unión por la Patria una enorme cantidad de senadores y diputados; bueno… de todos los bloques.
Porque en esto de pagar la deuda parece que hay un club donde son todos socios, porque si no se paga podía venir una catástrofe o no sé qué cosa. Lo cual es un absoluto disparate. Porque si un país no le paga, el Fondo negocia. Manda misiones; espera. Sigue esperando; vuelve a mandar misiones; y así puede estar hasta dos o tres años. Hasta que, si en tres años no pasa nada, ahí sí: lo único puede hacer el Fondo es suspender al país y después excluirlo. Tanto es así, que el acuerdo con el Fondo tardó dos años y tres meses. Se firmó en marzo del 2022, cuando el problema con el Fondo había empezado en el fin del gobierno de Macri en 2019. En esos dos años y pico no hubo amenazas del Fondo, ni nada. Eran misiones que iban y misiones que venían. Por supuesto, todos los comentaristas económicos que se reverencian ante el Fondo Monetario decían: “cómo no vamos a pagar al Fondo, señores”.
Es decir, acá hay un montón de cosas que se podrían hacer pero que no se hacen. Ese es el problema, que la Argentina no se sabe defender. La Argentina jamás quiso hacer una auditoría de la deuda la Argentina. En los cuarenta años de vida democrática, jamás se quiso Investigar si era una deuda legítima, ilegítima, nada. Lo único que quedó fue una causa penal que inició mi padre en 1982, en plena dictadura; y que tuvo un fallo en el año 2000 mostrando que la mayor parte de la deuda de la dictadura era un verdadero fraude. Entonces, ese es uno de los problemas.
El otro de los problemas -que no me lo preguntan, pero se los adelanto-, es que como la deuda de la dictadura la mitad era deuda de empresas privadas -deuda probadamente trucha-, las empresas no tienen el menor interés que nada de estos se investigue; que nada de esto trascienda.
En 1984 el Banco Central informó al Juzgado Federal N° 2, que el monto de la deuda privada absorbida por el Estado eran 23.000 millones de dólares. Un disparate ese dinero. Al día de hoy -perdón, el último cálculo que tengo es al 30 de diciembre-, son 156.000 millones de dólares de deuda privada que hemos pagado todos los argentinos. Una locura.
¿O sea que el default contra el Fondo es absolutamente viable? ¿Podemos defaultear y renegociar desde una posición dura si queremos, por ejemplo?
AOG: Por supuesto; por supuesto. Lo que pasa es que nosotros no nos defendemos. Es decir, tenemos metido en la cabeza que otra cosa no se puede hacer.
En las charlas que doy por todo el país me preguntan: ¿qué pasa si no se paga la deuda? Yo siempre pongo dos ejemplos muy concretos. Cuando a Adolfo Rodríguez Saá decretó el default de la deuda del diciembre del 2001, la deuda recién se arregló durante la gestión de Kirchner a fines de 2005, principios de 2006. En esos cinco años creció la inversión extranjera directa; creció enormemente el Producto Bruto Interno; y no hubo ningún tipo de catástrofe de las que anuncian respecto a la Argentina.
Voy a hablar del caso cuando mejor nos fue. Exactamente el caso ecuatoriano. Cuando Correa ordenó suspender los pagos de la deuda -a los acreedores no les parece muy simpático eso, pero de todas maneras se la tuvieron que bancar-, y que Correa pudiera buscar otra manera. Ahora, el problema es que Ecuador había hecho una auditoría de la deuda mostrando la violación del orden público ecuatoriano. Mostrando que había leyes de los Estados Unidos que también se habían violado, pero como los acreedores saben que nosotros no nos defendemos nunca, y como somos pagadores seriales -porque seremos defaulteadores seriales, pero también somos pagadores seriales, porque siempre terminamos pagando-, y siempre terminamos pagando más de lo que nos corresponde.
En esto de que no nos defendemos, no es casualidad. El tema es extremadamente complejo. A veces muchos me preguntan: ¿Cómo? ¿Todos los gobernantes son cipayos…? Por un lado, toda reestructuración de deuda genera comisiones muy abultadas y los que intervienen ellas indudablemente las reciben. Además de comisiones hay otros dinerillos que naturalmente no se documentan, como ustedes podrán entender.
Pero además de eso, hay como metido en el cerebro de muchos, que otra cosa no se puede hacer. Es decir, es como que desde otros lugares del mundo nos hacen pensar como ellos quieren que pensemos. Y la manera que ellos quieren, es que nosotros siempre paguemos. Porque esa es la lógica del usurero. Al usurero no le interesa que le paguen el capital; le interesa que le paguen siempre los intereses.
Martínez de Hoz, en 1984, fue al Congreso Nacional, a la Cámara de Diputados, a declarar por el tema de la Ítalo. Cuando fue interrogado por el tema de la deuda dijo: “la deuda no se paga nunca; lo que se pagan son los intereses”.
Entonces, mientras la deuda no se paga nunca y se pagan los intereses, los acreedores siguen condicionando, siguen manipulando, siguen haciendo lo que se le dé la gana. Eso es lo grave. Lo grave es tener unos empresarios -yo diría empresarios entre comillas-, que siempre se han beneficiado de todas estas operaciones. Hay empresarios honestos; empresarios que invierten; empresarios que dan trabajo. Pero hay otros -diría los más grandes-, que siempre se han beneficiado de los dineros públicos.
Les voy a contar algo que no me lo preguntan, pero soy el único que habla de este tema, de esta investigación -porque no la van a ver en ningún libro-. Resulta que el doctor Roque Fernández -que fue presidente del Banco Central-, declaró en una reunión de la Asociación de Bancos en el 92, que el Banco Central había perdido entre 1980 y 1990, 64.000 millones de dólares. Por entonces, el presidente era Menem. A través del decreto 1901/92, Roger -Procurador General de la Nación y el fiscal Ricardo Molinas, y otros tres probos funcionarios, investigaron largamente en medio de enormes dificultades, porque como pasa siempre los organismos públicos no dan información. El Banco Central era reticente, hasta que finalmente al año llegaron a la conclusión de que el Banco no había perdido 64.000 millones sino 104.000 millones; de los cuales 70.000 habían beneficiado a los mismos de siempre, a los de la deuda privada; a los mismos especuladores de siempre. Esos 70.000 millones de dólares de esa época son 246.000 millones de ahora. ¿Qué tal esa investigación?
Cuando Menem la recibió la de haber tirado a la basura. Porque ahí estaban cachados los banqueros, los empresarios, todo el mundo. Entonces la investigación desapareció y un querido amigo mío que murió hace un año y un mes -el doctor Federico Delgado, Fiscal Federal que intervino en la causa de la deuda desde hace más de veintitrés años-, a través de prolijas búsquedas, consiguió que se encontrara un duplicado oficial de la investigación. Y ahí está, yo tengo la copia de esa investigación. Ahí está de manifiesto lo que son estos empresarios y banqueros, y gente que se dedica a estos negocios… ¿y la Justicia…?
NOTAS
[1] Alejandro Olmos Gaona es un historiador argentino, dedicado al estudio de la deuda externa. Es hijo de Alejandro Olmos también historiador de la misma temática y querellante en el juicio sobre la legalidad de la deuda externa argentina. En 2006 presentó un recurso de amparo ante la Justicia argentina para que el gobierno de Néstor Kirchner suspenda el pago de 9.530 millones al FMI. Fue asesor del gobierno de Ecuador bajo la presidencia de Rafael Correa hasta 2008. En este país fue miembro de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC) que auditó los préstamos tomados por los gobiernos ecuatorianos entre 1976 y 2006. En Argentina se desempeñó como asesor del diputado Pino Solanas. Desde allí denunció al entonces ministro de Economía, Axel Kicillof, por el acuerdo con el Club de París que aumentó los intereses de la deuda. Luego, con el cambio de gobierno, realizó presentaciones en la justicia para que se investigue la operatoria de las empresas off-shore del presidente Mauricio Macri. Posee varios libros publicados alrededor de la temática abordada en esta charla.
[2] El exequatur es un procedimiento judicial que tiene como finalidad el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras.