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Tiemblen los Tiranos 200. Columna que existe para difundir y divulgar hechos y reflexiones sobre la historia, desde una visión, federal, popular y latinoamericana. Compartimos el artículo escrito por Isidoro J. M. Aramburú (*), donde su título original nos sirve de síntesis, repaso e introducción al tema: “Acuerdos de Madrid, Menem 1989/90. Acuerdo Foradori-Duncan, Macri 2016 y Acuerdo Mondino-Lammy, Milei 2024”.

Editor Federal 

El presidente de la Nación Argentina, ha dado muestras de su falta de patriotismo y desprecio por el federalismo argentino, cuando los fueguinos hemos soportado su presencia en nuestra provincia sin que se dignara tomar contacto con las autoridades locales, ni con ninguna organización social o gremial, es decir con el Pueblo, vulnerando así la autonomía que ostenta la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. 

Esa actitud indecorosa y autoritaria también afloró cuando durante el corriente año visitó  la Base Marambio en el sector antártico argentino y fueguino sin mencionar a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ni tampoco hacer referencia a la usurpación colonial del Reino Unido de Gran Bretaña y a la lesión a la soberanía argentina en el Atlántico Sur y el sector antártico argentino. 

Patente queda una deliberada negación a la existencia concreta de la Provincia grande Fueguina y al grave conflicto que mantienen la República Argentina con una potencia extra continental que invade nuestra provincia, nuestra Patria y nuestro Continente Suramericano. 

No quedan dudas que esa actitud unitaria y provocadora se enrola en una estrategia disolvente y disgregadora que pretende entregar definitivamente la soberanía Argentina sobre las Islas del Atlántico Sur y por ende desmembrar nuestra provincia malvinera, marítima y antártica.

La reciente declaración conjunta Mondino-Lammy, vinculada a las Islas del Atlántico Sur, nos muestra una vez más que la República Argentina conducida por agentes al servicio del interés extranjero, retoma la senda de los previos acuerdos nefastos y contrarios a los intereses nacionales  de Madrid (1989 y 1990) durante el Gobierno de Menem, como la no tan lejana declaración Foradori-Duncan (2016) durante el Gobierno de Macri. 

Es decir, a contra mano de lo establecido reiteradamente por la ONU, en especial la Resolución 2065/65 que insta a la República Argentina y a Inglaterra a discutir sobre la cuestión de soberanía de las Islas Malvinas teniendo como contexto jurídico-político el proceso de descolonización iniciado por ese máximo organismo multilateral con la Resolución 1514/60,  la República Argentina en menoscabo de su propio reclamo, realiza acuerdos con el imperio agresor sin beneficio alguno para nuestro Pueblo y sin discutir sobre la soberanía lesionada por una potencia extranjera, es decir se trata de acuerdos que no están enderezados al objetivo constitucional de la primera cláusula transitoria párrafo segundo, todo lo contrario. 

Esta reciente declaración conjunta en línea con aquellos acuerdos lesivos a nuestra soberanía ocurridos al inicio del primer gobierno de Menem y durante el Gobierno de Macri, una vez más acepta la fórmula británica del paraguas de soberanía, para formalizar acuerdos de cooperación entre ambas naciones sin hacer mención al conflicto vinculado a la recuperación de los territorios insulares y marítimos usurpados, ya que lo hace absteniéndose voluntariamente de tocar la cuestión de la soberanía.

Las consecuencias nocivas para el interés nacional están a la vista, ya que el objetivo de dichas declaraciones es remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas ocupadas ilegalmente por Gran Bretaña. En efecto, el imperio usurpador continúa con su política de actos unilaterales consumados, mantiene el status quo de la colonia y avanza en la depredación de nuestro recurso ictícola en beneficio del mantenimiento de la base militar en Monte Agradable y del “Pueblo Kelper” a quien le otorga irrazonablemente legitimidad en una controversia bilateral.

Como vemos la estrategia seguida por la República Argentina en los citados acuerdos es lisa y llanamente en favor del Reino Unido de Gran Bretaña, que ahora al igual que durante el Gobierno de Macri podrá abastecer logísticamente a los usurpadores isleños desde San Pablo haciendo escala en la Provincia de Córdoba. Esa colaboración gratuita al enemigo que usurpa territorio nacional depredando nuestros recursos naturales y quebrantando el principio del Derecho Público Internacional de la integridad territorial argentina, implica abaratar los costos del usurpador y enriquecer a los Kelpers incurriendo de ese modo en una grave traición a la Patria y una violación a la Constitución Nacional y el derecho del Pueblo argentino.

Dichos tratados enmascarados bajo el titulo declaración conjunta son inconstitucionales, ya que violan la cláusula transitoria primera de la Constitución Nacional cuando dice: La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

Ello es así, porque todos los tratados enumerados suscriptos durante los gobiernos de Menem, Macri y Milei van en contra de ese objetivo permanente e irrenunciable del Pueblo argentino, que es recuperar la plena soberanía sobre las Islas del Atlántico Sur y los espacios marítimos que engloban. Dichos entendimientos bajo la fórmula del paraguas ideado a su conveniencia por la Política exterior de Gran Bretaña (Foreign Office), además tienen por objetivo otorgar legitimidad a los Kelpers como parte del conflicto. Y cabe mencionar que con los actos unilaterales consumados el Reino Unido no solo consolidan la colonia, sino que la expanden ilícitamente de manera permanente. De esa manera fortalecen el status de Estado rivereño del Atlántico Sur para generar más seguridad jurídica a los inversores que encaran emprendimientos económicos, y por supuesto depredando y medrando cono nuestros recursos naturales, esos que podrían resolver el problema del hambre en la argentina. 

Así las cosas y sin ruborizarse, el gobierno nacional con la declaración conjunta Mondino-Lammy, no solo lesiona la soberanía argentina sino que propicia el desmembramiento de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y dispone de recursos naturales cuyo titular de dominio es dicha provincia en virtud de la manda del art. 124 de la CN.

Lo hemos dicho y lo repetiremos hasta el cansancio, la Nación Argentina se fundó sobre un pacto federativo por voluntad de las provincias con entidad política preexistente a la Constitución Nacional, en ejercicio de su soberanía y en cumplimiento de pactos preexistentes que guiaron la integración con la voluntad del Pueblo de la Nación, en una unión perpetua e indestructible.

Los más encumbrados tratadistas argentinos enseñan que a partir de su sanción, la Constitución Nacional recepta el compromiso histórico, político, jurídico y ético que pone en cabeza del gobierno nacional, asegurar a los estados provinciales miembros, el pleno y efectivo goce de su existencia, su integridad territorial, su indestructibilidad, su autonomía política y económica. Ese fue el reaseguro lógico que las catorce provincias fundadoras se garantizaron como primera premisa, esto es, la preservación a perpetuidad de la integridad inconmovible de su propio territorio y su autonomía.

La CS. en señero precedente, ha dicho: La Constitución ha querido hacer un solo país para un solo Pueblo; no habría Nación si cada provincia se condujera económicamente como una potencia independiente. Pero no se ha propuesto hacer una Nación centralizada. La Constitución ha fundado una Unión indestructible pero de Estados indestructibles. (CS, fallo: Carlos H. Bressani vs. Pcia. de Mendoza 1937)

Y cabe agregar en este sentido, que esa garantía federal a la integridad física de las provincias, ya sea en relación con el gobierno federal como respecto de las demás provincias, abarca todos los elementos que componen el territorio, es decir el suelo, el subsuelo mineral, los ríos, el espacio aéreo, el mar y los recursos naturales.

Bien afirma el maestro Marienhoff en su Tratado de Derecho Administrativo, el derecho a existir integralmente de las provincias y su indestructibilidad, está por encima de toda clausula de la CN. de toda delegación tacita o expresa, y agrego, menos aún puede una ley sin previo consentimiento local, desmembrar el territorio de una provincia, porque aquel principio de intangibilidad física, ha sido receptado en los arts. 1, 3 y 13 de la CN.

De lo dicho se colige sin dificultad que el gobierno federal está obligado a perpetuidad a respetar ese principio monolítico instituido en el Estatuto Patrio, que le prohíbe exceder su limitado ámbito de competencias y a garantizar el pleno goce de la personalidad histórica, jurídica y política de las provincias, es decir el derecho a la existencia institucional, a la integridad física, y por supuesto el goce de todos los atributos de su autonomía. 

Por lo tanto, todos los tratados mencionados van en contra del proceso de descolonización iniciado en 1960 en el marco de la ONU y devienen ilegítimos e inconstitucionales, contrarios a los intereses nacionales y violan la autonomía de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (arts. 1, 3, 13 y 124 CN.) ya que benefician al imperio británico y perjudican a la Republica Argentina porque consolidan la usurpación sobre nuestras islas del Atlántico Sur, su mar adyacente y la proyección antártica y disponen de los recursos naturales que pertenecen a dicha provincia. 

En virtud de ello propiciamos que de manera urgente la República Argentina proceda a desechar y rechazar todos esos tratados, acuerdos y declaraciones conjuntas ocurridas desde 1989 hasta hoy en virtud de una ley del Congreso Nacional, ya que la única estrategia que debe instrumentar nuestra Cancillería es la del boicot y bloqueo de todo tipo de abastecimiento al imperio Usurpador de Malvinas, para que su mantenimiento sea más costoso y de ese modo incidir sobre la opinión pública inglesa.

En paralelo, la República Argentina debe instrumentar una estrategia continental para presionar al Reino Unido de Gran Bretaña en el marco de la ONU, para que en cumplimiento de las Resoluciones 1514/60 y 2065/65 se avenga a un mecanismo razonable de restauración de la soberanía y de la Integridad territorial de nuestra Nación en el Atlántico Sur.

* Director de Asuntos del Atlántico Sur de la UEJN.

Fuente: Pal’Sur

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