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Los bioinsumos y biopreparados obtuvieron marco legal propio

El SENASA dictó dos normativas destinadas a regular el registro de bioinsumos que tienen un desarrollo industrial, y otra para los biopreparados comerciales de escala artesanal que se realizan e implementan en el ámbito de la agricultura familiar o micro pymes y están destinados al uso agrícola.

Redacción

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dispuso a través de las Resoluciones 1003 y 1004/2023, un marco regulatorio para los biopreparados y bioinsumos respectivamente, que había sido reclamado por los fabricantes de ese tipo de productos para el agro.

En primer lugar, fue oficializada la normativa que regulará el registro de bioinsumos que tienen un desarrollo industrial. Al día siguiente – por ayer -, sentó las bases para la inscripción de biopreparados comerciales de escala artesanal que se realizan en el ámbito de la agricultura familiar o micro pymes y están destinados al uso agrícola.

Ambas reglamentaciones se ocupan de diversos reclamos que vienen de tiempo atrás, vinculados con la actividad agropecuaria, los costos, restricciones externas y distintas particularidades del sector, tanto artesanales o de escala industrial.

Desde SENASA consideran que los bioinsumos tendrán un crecimiento importante en los próximos años, y por lo tanto se hacía necesario crear los registros específicos y condiciones de producción, comercialización y requisitos técnicos para la circulación de tales productos.

Según el organismo, las exigencias que constan en la Resolución 1004/2023, apuntan a evaluar los estándares de inocuidad y efectividad de “cualquier producto que consista o haya sido producido por microorganismos o macroorganismos de origen animal o vegetal, extractos o compuestos bioactivos obtenidos a partir de ellos, y estén destinados a ser aplicados como insumos en la producción agrícola, con fines nutricionales, estimulación vegetal, enmiendas, sustratos, protectores de origen biológico o para la protección del cultivo”.

Respecto de la normativa dirigida a los biopreparados, establece la creación de un inventario de protocolos autorizados por el SENASA, que será de acceso y dominio público. La Resolución 1003/2023 crea también, una Comisión asesora interinstitucional con participación del SENASA, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la Secretaría de Agricultura, el Instituto Nacional de Agricultura Familiar (INAFCI), universidades, el Ministerio de Ambiente y de todas aquellas instituciones que la autoridad de aplicación considere pertinente, a fin de analizar propuestas y proponer protocolos dando apoyo técnico a la autoridad de aplicación para su aprobación e incorporación en el inventario.

El organismo sabe que los biopreparados son productos que circulan en el mercado y poseen cada vez mayor demanda e interés por parte de los pequeños productores. Estos productos se aplican en cultivos que luego son alimentos, por lo que la conservación de la inocuidad es el principal aspecto a garantizar para la autorización de los mismos.

Desde SENASA informaron que ambos proyectos de norma fueron sometidos a consulta pública durante dos meses y donde se recibieron más de 100 aportes. Ambas normativas consideran aspectos nutricionales, fitosanitarios y de sustratos entre otras categorías como complemento o remplazo de productos de síntesis química.

Fuente SENASA / B.O.

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