El DNU 70/2023 muestra las uñas en silencio y su aplicación busca desregular el régimen de navegación en las vías fluviales nacionales. Se acaba de crear la Comisión de Armonización Normativa de Puertos y Vías Navegables.
Redacción
Con la firma del secretario de Transporte de la Nación, Franco Mogetta, el gobierno nacional dispuso mediante la Resolución 28/2024, crear la Comisión de Armonización Normativa de Puertos y Vías Navegables, que tendrá por objetivo “elaborar y proponer modificaciones para desregular y modernizar el transporte fluvial”.
Entre otras tareas deberá procurar “armonizar” el sistema fluvial argentino, según lo tratan los países socias del MERCOSUR; para lo cual deberá modificar y/o reemplazar el plexo legal vigente, como ser el decreto-ley 19.492 del 14 de agosto de 1944, y a las leyes 20.094, 27.419 y “cualquier otra normativa que se considere necesaria para dar cumplimiento a lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia 70 del 20 de diciembre de 2023”.
En los considerando de la norma, se explica que el decreto – ley 19.492, estableció oportunamente las disposiciones aplicables a la navegación y el comercio de cabotaje nacional; y que por la ley 20.094 se rigen todas las relaciones jurídicas originadas en la navegación por agua en el territorio de la República Argentina. Asimismo, agrega que a través del artículo 1° de la ley 27.419 se establecen los objetivos para el desarrollo de la marina mercante nacional y la integración fluvial regional, entre los que se enumeran: “Fomentar la integración regional en las áreas de influencia de los ríos Paraguay y Paraná, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay Paraná, así como del río Uruguay y los espacios marítimos” (inciso a) y “El desarrollo y crecimiento sustentable de la flota mercante de bandera nacional, mediante el mejoramiento de su competitividad y el aumento de la demanda de fletes más económicos” (inciso b).
Sin embargo, la nueva medida sostiene que el DNU 70/2023, establece que el Estado Nacional promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, “de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
En criollo, y así lo dice la norma comentada, se dispondrá de la “más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda.”
Entre otras cosas que plantea la medida, se enfatiza que “para lograr el desarrollo organizado de la explotación de los servicios portuarios y la actividad comercial desarrollada en las vías navegables de jurisdicción nacional, bajo los principios de eficiencia, seguridad y economía, de acuerdo con la legislación vigente y las recomendaciones internacionales”, se requiere la participación de diferentes actores con competencias y responsabilidades primarias sobre la materia.
Así, la desregulación total de la actividad propiciaría a fomentar la participación tanto local como extranjera, que “permitirá armonizar y compatibilizar los criterios en cuestiones portuarias y de transporte fluvial, al aportar conocimientos técnicos y enriquecer el análisis y acciones desde una visión multidisciplinaria del sector público y el privado a los efectos de coadyuvar a la seguridad en el transporte de que se trata”.
La creación de una comisión especial que permita “la debida discusión entre los actores”, se estableció que será con carácter ad hoc y sus integrantes actuarán ad honorem, funcionando en el ámbito de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. Para coordinarla se designó a Cristian Luis Rigueiro, ex jefe de Gabinete de la subsecretaría de Puertos y Vías Navegables durante el gobierno de Alberto Fernández.
Fuente: MTN / B.O.