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El gobierno fijó aumentos en los biocombustibles que superan el 25%. La medida fue publicada ayer por la mañana en el Boletín Oficial. Tales incrementos podrían ser los últimos que establezca el Estado en función de las modificaciones propuestas en la “Ley Bondi”, para la normativa que regula el sector.

Redacción

En la mañana de ayer, la Secretaría de Energía (SEN) dependiente del Ministerio de Economía de la Nación (MEcoN) a cargo de Eduardo Rodriguez Chirillo, publicó en el Boletín oficial de Nación, la actualización de los precios de referencia para el biocombustible a través de dos normas.

Así, mediante la Resolución 3/2023, se estableció la modificación de los precios relativos en la estructura de costos del biodiesel con destino a la mezcla obligatoria con combustibles de origen fósil, modificándose lo distado por la misma dependencia el pasado 29 de noviembre cuando aún estaba a cargo de Flavia Royón -ahora a cargo de Minería en el nuevo gobierno.

Según la norma, se fijó por tonelada de biodiesel destinado a ser mezclado con gasoil, un precio mínimo de 923.590 pesos. Es decir, un incremento del 25,6% respecto del valor mínimo anterior. Proyectado en litros, el mismo se estima en los $ 790,24/lt.

La Resolución dicta también que el plazo de pago por el biodiesel a las empresas proveedoras no podrá exceder los 7 días corridos respecto de la fecha de facturación.

Por otra parte, la Resolución 4/2023, actualiza los precios fijados el 29 de noviembre para el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz.

Así, el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar por litro y destinado a su mezcla obligatoria con nafta, se fijó en $465,84. En cuanto al litro de bioetanol con el mismo destino, pero a base de maíz, se estableció en $ 463,91.

Respectivamente, el incremento para cada una de las variantes en referencia a la anterior resolución de fines de noviembre, significó de un 25,2% para el derivado de la caña de azúcar, y de 22,16% para el derivado de maíz. En ambos casos, el plazo de pago no debe exceder los 30 días corridos respecto de la fecha de facturación.

Por lo demás, si bien será abordado oportunamente por la Redacción, dentro del proyecto de la denominada “Ley Ómnibus” que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) envió el miércoles 27 al Congreso, se propone reemplazar la normativa que regula a los biocombustibles por otra que contenga un puñado de artículos.

Según consta en el texto enviado al parlamento, el PEN buscaría eliminar la regulación del Estado en el precio de compra de materia prima de origen vegetal (maíz, soja, y caña) para hacer el corte con los combustibles fósiles. Esto quiere decir que las petroleras podrán negociar los valores de compra directamente con los elaboradores sin intermediación del Estado.

Por lo tanto, resoluciones como las que comentamos al principio de esta nota, no tendrían razón de existir. La legislación vigente, estipula que la adquisición de las cantidades de biodiésel para el cumplimiento de la mezcla obligatoria con gasoil y/o diésel oil, y de los volúmenes de bioetanol “deberá ser llevada a cabo por las empresas encargadas de las mezclas a los precios que establezca la autoridad de aplicación, de acuerdo a las metodologías de cálculo que esta determine para cada uno de los productos en cuestión”.

Respecto de los cortes obligatorios, el proyecto propuesto por el PEN no prevé cambios frente a lo que está vigente hasta el momento; es decir 7.5% en gasoil o diesel oil, y del 12% en nafta por litro en cada caso.

Otra cosa que habilitaría la nueva propuesta es la concentración empresaria que claramente favorece a las petroleras que operan en el país; ya que las mismas también podrán ser elaboradoras de biocombustibles.

Fuente: BORA / PEN / SEN

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