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Prestación por desempleo para los trabajadores rurales

El RENATRE anunció el aumento de la prestación por desempleo para los trabajadores rurales. El monto máximo llegaría a los $100.000 a partir de abril, con un plus de incremento para aquellos trabajadores de las denominadas “zonas desfavorables”.

Redacción

El directorio del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) elevó el monto de la prestación por desempleo por segunda vez en lo que va del año para quienes estén sin empleo en el sector rural. Según el comunicado del organismo, a partir del mes de abril de 2024, el monto máximo de esta prestación se elevará a $100.000, mientras que el mínimo será de $50.000.

Desde el RENATRE se remarcó que los periodos en los cuales los trabajadores reciban la mencionada prestación, se computarán como tiempo efectivo de servicios a los efectos previsionales o de jubilación.

En el marco de la Ley 25.191, la medida busca dar soporte en días de alta inflación e indicadores socioeconómicos complicados en el país. La prestación asimismo, tiene por objetivo garantizar el acceso a los beneficios de la misma como las asignaciones familiares; la cobertura de salud para el trabajador titular del beneficio y su grupo familiar; y el sepelio en caso de fallecimiento.

Los beneficiarios de la prestación por desempleo serán también incorporados a las capacitaciones que brinda el RENATRE (técnicas, de formación y difusión de derechos) así como a los programas de capacitación ofrecidos por el organismo.

Para quienes se encuentren en las denominadas zonas desfavorables, el incremento adicional será del 20% para el pago de las prestaciones por desempleo de las provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y un 10% para las provincias de Neuquén y Río Negro.

Desde RENATRE recalcan que para acceder a la prestación por desempleo, los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos: poseer el Código Único de Identificación Laboral (CUIL); encontrarse en situación legal de desempleo por causas no imputables al trabajador; y estar inscripto en el RENATRE.

Además, deberán solicitar la prestación dentro de los 90 días contados a partir de la fecha en la que el trabajador o trabajadora se haya quedado sin trabajo. Pasado ese tiempo se descontará un proporcional.

Por otra parte, deberán estar debidamente registrados en la seguridad social por parte de su empleador. Así, para los trabajadores rurales que estaban contratados en condición de permanentes, deben contar con al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores a la finalización de la relación laboral que dio lugar a la situación legal de desempleo.

Para el caso de los trabajadores temporarios y permanentes discontinuos, deberán contar con los períodos declarados como empleado o empleada de 180 jornadas efectivas de trabajo dentro de los 36 meses inmediatamente anteriores al cese de la relación laboral o finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios.

Fuente: RENATRE / +P

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