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Hace días nos referimos a “la apertura del mar argentino a los buques extranjeros” y meses atrás a “la inverosímil idea de privatizar el mar” de Bertie Benegas Lynch hijo del economista Alberto Benegas, Lynch, quien consideró «extraordinaria la idea de su hijo, aplaudiendo la idea de privatizar los océanos». En esta última ocasión, le dijimos a “Bertie” tratando de desasnarlo: “el mar del Atlántico Sur ya está privatizado” hay cientos de empresas radicadas en la Argentina que tienen permisos y pagan derechos de captura y demás impuestos desde hace más de cincuenta años.

Por César Lerena

El Capítulo XVIII Sección III de la Ley de la Ley Ómnibus “Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos” respecto al Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922) es un negocio chino o el monumento a transformar a la Argentina en un país bananero.

Hace días nos referimos a “la apertura del mar argentino a los buques extranjeros” (cesarlerena.com.ar, 28/12/2023) y meses atrás (cesarlerena.com.ar, 28/10/2023), a “la inverosímil idea de privatizar el mar” de Bertie Benegas Lynch hijo del economista Alberto Benegas, Lynch, quien consideró «extraordinaria la idea de su hijo, aplaudiendo la idea de privatizar los océanos» (Página 12, 28/10/2023). En esta última ocasión, le dijimos a “Bertie” tratando de desasnarlo: “el mar del atlántico sur ya está privatizado” hay cientos de empresas radicadas en la Argentina que tienen permisos y pagan derechos de captura y demás impuestos desde hace más de cincuenta años.

A juzgar por la primicia, podría ser “Bertie” el autor de la iniciativa y entonces no sería tan bruto el hombre y lo moverían otras razones, ya que él se estaba refiriendo a entregarle el mar argentino a la flota extranjera, ávida de hacerse de la proteína más valiosa del mundo animal. Nos sorprendió Bertie, ningún argentino ni ningún gobierno serio en el mundo hubiera entregado sus recursos pesqueros al mejor postor.

¿El desopilante proyecto plasmado en la Ley ómnibus podría esconder algún fenomenal negocio con los principales países que pescan ilegalmente en el Atlántico Suroccidental, como China, el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB), España, Corea y Taiwán o, solo es producto de una incapacidad pesquera y económica supina, con consecuencias trágicas?

Antes de precisar algunos efectos negativos que habrá de provocar la extranjerización del mar argentino, es bueno hacer unos comentarios previos, porque no se puede mirar el mar desde la poltrona de la calle Esmeralda y mucho menos un simple mortal, tener “la verdad revelada”: En primer lugar, notamos un cierto prejuicio hacia el sector pesquero, al que se descalifica y, no queremos creer que tal vez prime, aquella vieja idea popular de “que los sectores portuarios o los que manejan cuchillo son mafiosos”. Mafiosos, son quienes realizan pescan ilegal sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina o en Malvinas, quebrando el orden y la ley internacional y nacional y se llevan anualmente de Latinoamérica y el Caribe sin tener en cuenta los descartes de pesca incidental y/o de especies no comerciales unos 7,8 millones de toneladas anuales por valor de unos 11.770 millones de dólares estadounidenses (César Lerena “Pesca ilegal y expoliación de los recursos pesqueros de Latinoamérica y el Caribe”, Editorial CESPE, 2022) productos que, en posesión de los Estados ribereños, hubieran provocado un fenomenal desarrollo de los pueblos.

En segundo lugar, la Ley de Pesca en la Argentina, hay que reformarla integralmente, con el objeto de eliminar y optimizar todos los costos de administración, investigación y control del Estado; llevar las exportaciones de 1.800 a 6.000 M U$S; incrementar la ocupación privada de mano de obra de 20.000 empleos registrados a 60.000; aumentar el consumo interno de productos pesqueros de 4,8 Kg a 10 Kg per cápita/año y mejorar el hábito alimentario; reducir la pesca extranjera de los recursos migratorios argentinos en alta mar; profundizar la investigación, la tecnología en la extracción y el proceso industrial de calidad. Todo ello, con reformas en la ley relativas a la modificación del Consejo Federal Pesquero; la modificación de la distribución del FONAPE; cambios relativos al otorgamiento de cuotas y autorizaciones basados en inversiones, agregado de valor, etc.; estableciendo nuevos regímenes de captura; acuicultura; de industrialización de los descartes y la provisión de tres millones de raciones proteicas diarias a otros tantos niños y adolescentes vulnerables; otros destinados a triplicar el consumo nacional; mejorar el control del territorio marítimo y efectuar los acuerdos necesarios para eliminar la pesca ilegal del recurso migratorio; la instauración de vedas permanentes o transitorias en lugar de áreas marinas; optimizar y transparentar la administración del recurso y, promover la radicación poblacional e industrial del litoral marítimo y del interior nacional mediante la producción ictícola (César Lerena “Cien Acciones y sus efectos para potenciar la pesca y recuperar el Atlántico Sur. La Reforma de la Ley Pesquera”. Ed. CESPEL, 2023).

En tercer lugar, no representamos a ninguna empresa o cámara empresaria. Somos perseverantes “hasta que las velas no ardan”, pero no opinamos desde la posición genérica a ultranza por razones de militancia política. Hemos dado nuestra opinión y observado a todos los gobiernos, desde la tablita de Martínez de Hoz que llevó a la quiebra a las más importantes empresas exportadoras pesqueras; pasando por la preparatoria de los Acuerdos de Madrid de Caputo y sus Acuerdos Marco URSS-Bulgaria que habilitados a pescar con 16 buques lo hicieron con más de 200 embarcaciones; los Acuerdos pesqueros con la entonces Comunidad Económica Europea que provocó la depredación más importante conocida del recurso; el Pacto de Foradori-Duncan que le regaló las investigaciones pesqueras argentinas al RUGB y con ello las islas consolidaron la entrega de licencias a buques extranjeros; hasta el inútil gobierno saliente. La política en materia pesquera y marítima, ha sido errónea, malintencionada o nula; pero, nunca de semejante entrega del espacio marino argentino y sus recursos.

¿Hay mucho que hacer? Claro que sí, pero no “la estúpida idea de extranjerizar el mar argentino”.

El proyecto básicamente prevé adjudicar a embarcaciones extranjeras mediante licitación internacional, la pesca en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina; deroga la exigencia de utilizar tripulación argentina (252º); tampoco obliga a descargar las capturas en un puerto argentino y mucho menos procesar las materias primas en plantas industriales en Argentina y permite la actividad de cualquier antigüedad a los buques. Además de ello, los buques que disponen de permiso para pescar en la ZEE Argentina podrían hacerlo también con licencias británicas del RUGB en Malvinas. Los efectos negativos que provocaría la convalidación del Congreso de esta ley en materia pesquera, económica y social serán catastróficos, describo alguno de ellos:

1) República bananera: término que refiere a países considerados corruptos, inestables y dependientes de la exportación de productos de bajo valor añadido. El término refiere a la explotación de bananas, típicas de países como Costa Rica, Honduras, Guatemala o Panamá. Precisamente, países como Cuba, Costa Rica, Guatemala, Panamá, Puerto Rico, la República Dominicana y algunos países africanos, que no tienen desarrollada su flota, industria pesquera y mercados como la Argentina, admiten la captura extraña sus Zona Económica Exclusiva (ZEE) aunque, varios de ellos, exigen que se procese las capturas en sus plantas. Será un retroceso de Argentina al siglo XIX y una autorización que ninguno de los países desarrollados otorga y por el contrario, reprime.

2) El desprecio a los esfuerzos técnicos y diplomáticos argentinos: La diplomacia argentina y la dirección de pesca argentina, en su momento, efectuaron un gran aporte político, profesional y técnico, junto a sus similares de Latinoamérica para discutirle a las grandes potencias (Estados Unidos, RUGB, China, Japón y Rusia, entre otros) los derechos de los Estados ribereños sobre la ZEE de 200 millas marinas, contrario a los países que pescaban a distancia, que pretendían 12 y hasta 3 millas marinas. Esto para poder explotar los recursos en forma sostenible, generando un desarrollo marítimo y, fundamentalmente continental.      

3) La adjudicación de las cuotas de pesca a través de licitaciones públicas internacionales: La sola exigencia de pagar el más alto derecho o canon (242º, 246º y 250º), sin otra exigencia, daría lugar al otorgamiento de los permisos y cuotas de extracción del recurso a buques extranjeros o nacionales. Los empresarios radicados en la Argentina, sean nacionales o extranjeros pagan derechos por capturar los recursos, invierten en flotas y plantas industriales, pagan gerentes, profesionales, empleados, tripulantes y operarios. Impuestos nacionales, provinciales o municipales. Las cuotas no se entregan a título gratuito y tienen obligaciones (si bien tienen que perfeccionarse), de generar valor agregado, invertir, ocupar personal, etc. Nada de esto, se le habría de exigir -insólito o exprofeso- a los buques extranjeros que realizarían una mera pesca extractiva para transformar los recursos en su país de origen. Si en un hipotético caso (que no comparto) se les exigiese a buques extranjeros que se hagan cargo de todas las obligaciones que se le impone a la industria nacional por la Ley 24.922, es absolutamente improbable que algún buque que realiza pesca ilegal en alta mar participe de la licitación que se promueve.

Es más, si los empresarios nacionales, hacen números, hasta participarían de estas licitaciones, levantarían sus plantas en tierra, darían de bajas las flotas de camiones, despedirían a todo el personal y se dedicarían a extraer y llevar las capturas a otros países, evitando el pago de impuestos confiscatorios y retenciones que no se van a destinar a mejorar los servicios sino a destinos de los que mejor no hablar, para no apartarnos del tema.

Esta reforma establece, además, que “los permisos tendrán como mínimo una duración de veinte (20) años.”, lo que parece ignorar que el recurso pesquero es renovable pero agotable; sujeto a procesos biológicos referidos a las especies, al medio marino y al esfuerzo pesquero que realizan los buques en la ZEE, pero también en alta mar (donde la Argentina no tiene jurisdicción), ya que se trata de explotaciones que actúan sobre recursos de un mismo ecosistema. No se pueden otorgar permisos como “mínimo” de 20 años, porque es desconocer los fenómenos biológicos de la naturaleza y la periódica actualización de condiciones que podrían establecerse tanto en las “licitaciones” como cualquier otro sistema contractual de concesión.   

Esta reforma deja de manifiesto la vocación de ignorar el esfuerzo de las empresas nacionales o extranjeras radicadas en el territorio nacional que han consolidado esta actividad desde hace más de 60 años, donde en muchos casos se trata de sociedades familiares, de tercera generación, que comenzaron su actividad pesquera en pequeñas lanchas amarillas, vendiendo sus productos en el mercado central y hoy tienen importantes flotas pesqueras, plantas industriales y, ocupan un importante número de trabajadores; además de exportar a los mercados más exigentes del mundo, pese a la macroeconomía y la incapacidad repetida de los gobiernos.

Técnicamente un proceso licitatorio es inviable. Como ya he dicho: no se trata de una obra vial que puede ser programada donde se puede apelar a subcontratistas para disponer de la maquinaria adecuada, etc. o la existencia de una especie subexplotada -que no existe en la Argentina- donde se puede recurrir a licitaciones específicas.

El recurso y la consecuente cuota se determina en base a investigaciones del INIDEP que establece anualmente la “Captura Máxima Sostenible”; es decir lo máximo que se puede capturar sin depredar y, se distribuye en base a determinados parámetros, que precisamente, deberán rediseñarse este año, por los cuales todas las empresas, sean nacionales o extranjeras radicadas en el país, que cumplen con determinadas condiciones (que seguramente deben perfeccionarse), reciben un porcentual del “pescado” disponible con el que planifican todas las necesidades (flota, plantas, cámaras, personal, etc.) de modo de confirmar también, su relación con los requerimientos y precios del mercado mundial. No se puede establecer un método que esté ajeno a la disponibilidad biológica y oh…palabrita que resultará conocida al gobierno: “el mercado”. Porque contrario, al desprecio que parece primar sobre lo ya hecho en la Argentina en este ámbito, la industria pesquera compite con los mercados más exigentes del mundo, muchos de ellos subsidiados y, lo hace pese a las dificultades macroeconómicas, burocráticas, arancelarias etc. que casi todos los gobiernos le han impuesto. Y esta nueva dificultad nunca vista, necrológica.                             

Quien ha elaborado este proyecto meramente extractivo en favor de los buques extranjeros facilitará que, mediante un mero canon los Estados consumidores se queden con el recurso argentino, en lugar de vendérselo las empresas radicadas en el país. Y podrán poner el precio más alto, porque las potencias vienen por la proteína, aún a pérdida. ¿Sabrá el autor de este proyecto, que los Estados de pabellón que pescan en el Atlántico Sur con buques de China; España; España-RUGB; Corea y Taiwán, pescan subsidiados y, muchas veces, con trabajo esclavo?    

¿Alguien podría creer que con este proyecto se erradicará la pesca de los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar? No. Quedarán 500 buques pescando en alta mar, en el límite exterior de la ZEE y entrarán otros 500 buques a pescar en la ZEE, que harán más eficiente la pesca ilegal en alta mar.   

La reforma (Art. 249º) dice“El derecho de extracción a pagar por quienes hayan sido adjudicatarios en las licitaciones de cupos de pesca será definido en dicho proceso licitatorio y no podrán ser modificados.”. Esto favorecerá a las empresas extranjeras que liciten por las cuotas e igualmente a las empresas nacionales. Ahora, al no haber establecido un presupuesto para la administración, investigación y control y, frente a la altísima inflación que sufre la Argentina, podría darse que las recaudaciones en materia de derechos de captura no alcancen para sostener los servicios básicos de la actividad. Bonito negocio el que proponen.

No olvidemos que pudiendo realizarse los desembarcos en cualquier puerto extraño, no habrá forma de cobrarle retenciones. Nosotros, por el contrario, sostenemos que las retenciones deben eliminarse y las empresas deben autofinanciar la administración, la investigación y control, participando en la elaboración de presupuesto.  

Este proyecto es criminal, tanto se destine a la flota extranjera como a la nacional. El daño que puede provocar económico, social, al desarrollo regional y la soberanía nacional no se recupera con el mero pago de un canon.

4) El Área de Pesca a autorizar: Nadie se puede imaginar a esta altura, que a los buques extranjeros a los que se les adjudique permisos para pescar en la ZEE también se los autorice y exija pescar en los 1.639.900 km2 de aguas argentinas ocupados por el RUGB; más aún, cuando esta Ley deroga la Ley 26.386 (Art. 247º/248º) que prohíbe habilitaciones de pesca en el Continente a quien pesque en Malvinas. No lo hicieron los rusos en los Acuerdos Marco del Canciller Caputo, con lo cual, su ingenua intención de ejercer de hecho soberanía en el área de Malvinas quedó trunca. No intuyo que este gobierno tenga intención alguna en este sentido; pero, en caso contrario podría licitar internacionalmente directamente la pesca en los territorios argentinos de Malvinas o, ¿tendrá que pedirle permiso previo al RUGB? Nosotros le preparamos gratis los pliegos en aquel caso.

Ahora, al momento de adjudicar permisos a empresas extranjeras para capturar los recursos argentinos en la ZEE ¿también habilitaremos al RUGB para que se presente? y se quede con todo el Atlántico Sur, las Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, los mares correspondientes y la Antártida. Si es por ahorro administrativo podríamos ir derogando la Secretaría de Malvinas etc. de la Cancillería y, tachar la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.         

5) Control de sostenibilidad de la pesca: La Argentina carece de capacidad suficiente para controlar todas las capturas, mucho menos si no es necesario desembarcar en los puertos argentinos y son posibles los transbordos en el mar y la tripulación no es argentina. Muchos buques argentinos realizan descarte en el mar de pesca accidental o no comercial y debería ser severamente penalizado. Ahora, las empresas argentinas, con sus inconvenientes, se ajustan a un régimen de control, que está directamente relacionado con su condición de argentinas, el interés de proteger el recurso con las que se mantienen sus estructuras de procesamiento y de almacenamiento en tierra. Muchas veces, son los tripulantes los que denuncias prácticas ilegales y hacen conocer a las Autoridades la presencia de buques extranjeros en la ZEE realizando pesca ilegal. Como dijimos cuando se autorizó a 16 buques rusos ingresaron 200 y, pudieron ser detectados por las reparaciones y armado que realizaban en Argentina. Nosotros nos adelantamos a decir, que, como ocurrió con la pesca en la ZEE con los buques polacos, rusos, españoles, y otros, aprobados por el Congreso de la Nación, se producirá un descontrol total, la utilización de buques mellizos y la depredación más grave que pueda haber sufrido el caladero argentino.

Los buques extranjeros que se autorice a extraer el recurso en la ZEE van a pescar hasta agotar el caladero, como lo han hecho siempre en el mundo y, los funcionarios autorizantes ya se habrán ido a sus Countrys.           

6) La no exigencia de desembarcar en puertos argentinos y la evasión (Art. 244º): A la mera autorización de pesca extractiva, la ley agrega que los buques no tendrán obligación de desembarcar en puertos argentinos. Es decir, va en línea con la intención de abrir el mar argentino a los buques extranjeros. Es la intencionalidad del autor, no la ignorancia. Pero, la mayoría de la pesca ilegal, según la FAO y todos los organismos y técnicos especializados entienden que deriva del transbordo en alta mar o, de la utilización de otros puertos que no están dentro de la jurisdicción del Estado ribereño. Ello, generará una fenomenal evasión jamás vista en la Argentina en esta materia (y es mucho decir), ni siquiera en la etapa que se autorizó “el plan barrido” y “otros artilugios” que le ocasionaron un grave contratiempo a una conocida asesora legal de la Cancillería. Por supuesto, ello contradice las consignas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Ley 24.543); el Acuerdo de Nueva York (Ley 25.290) y el Plan Rector del Puerto que promueve las Naciones Unidas y, podría llevar, a una importante reducción de los desembarques en la Argentina y la consecuente disminución de las exportaciones nacionales. ¿A quién le van a cobrar las retenciones? si los barcos se llevan todas las extracciones directamente a Brasil, Uruguay o China. Por ejemplo, ¿a qué empresa radicada en la Argentina que vende su producción a Brasil se le ocurriría desembarcar en puertos argentinos en lugar de desembarcar directamente en Brasil y no pagar retención alguna o, que para evitar el 15% de estas retenciones que acaba de anunciar el gobierno las empresas desembarquen en Uruguay para evitar estos costos y otros. Ya pasa con el uso de la bandera paraguaya, en la vía Paraná-Paraguay que contiene gran parte de la producción granaria argentina. Esta decisión apunta a facilitar la pesca con buques extranjeros y hace caer una de las herramientas centrales para la lucha contra la pesca ilegal, el narcotráfico y el trabajo esclavo.         

7) Falta de obligación de procesar en plantas en el continente, autorización del empleo de personal extranjero y no agregar valor agregado a los productos: Este proyecto provocará el cierre de todas las empresas de los márgenes del litoral marítimo y una enorme desocupación en poblaciones que se las considera radicadas en ámbitos desfavorables. Muchas ciudades se poblaron a partir de la localización pesquera en sus pueblos en la década del 70. Pueblos fantasmas, desocupación y mayor despoblamiento aún, de la baja densidad que tiene la Patagonia (2 habitantes por km2) en un área estratégica de la Nación. Hoy no sabemos.

Se establece en la Ley como una dádiva (Art. 246º) que a “Las empresas que ya tienen cuota asignada tendrán una preferencia que les permita obtener hasta la mitad de la cuota que tenían al mayor precio ofrecido en la licitación.”. El autor debería saber que el principal recurso de una empresa pesquera es “el pescado”. O sea, el empresario debería desguazar la mitad de los barcos o los malvenderlos a la empresa extranjera que pretenda pescar en la Argentina; apagar la mitad de las cámaras; dar de baja la mitad de sus empleados y, comunicar a los compradores del mundo que no va a poder cumplir con las compras pautadas, etc. pese, a haber cumplido con un mercado exigente desde los inicios de su actividad. Y luego, con el precio mayor ofrecido por la mitad de la cuota operará hasta quebrar porque su ecuación puede no cerrarle. Un engendro.      

Sin pescado no hay empresa, no hay buques, no hay industria, no hay trabajadores, no hay exportaciones o consumo interno, no hay desarrollo poblacional. Este “pescado” sostiene a cientos de empresas nacionales y extranjeras radicadas en la Argentina y da sustento directo a miles de trabajadores, en un marco de libre competencia con el mundo, donde el mundo pone el precio.

Y cómo va a lograr que se “evite la concentración indeseada”, cuando las descargas podrán ser efectuadas en cualquier puerto del mundo y, la Argentina, no tiene ni tuvo nunca capacidad o voluntad de control del extenso mar argentino y menos aún de las especies que migran a alta mar. Vamos al descontrol total del mar argentino, a la depredación hasta el agotamiento del recurso y a naturalizar la pesca ilegal.             

La Argentina en el ámbito de la pesca no ha sido sectaria ni ha impedido inversiones extranjeras, a la hora de otorgarles permisos, de hecho, hay empresas españolas, del Estado Chino, de Noruega, de inversores americanos, etc. radicadas en el país. No se puede tildar de ultranacionalistas a los empresarios pesqueros. Pero, una cosa es promover la radicación extranjera en el país y otra cosa regalarle el mar y los recursos. De eso se trata.

Según el proyecto de reforma habrá muchos buques extranjeros en el mar argentino, con tripulantes extranjeros, sin necesidad de desembarcar sus productos en los puertos argentinos: No más pesca ilegal, porque se le pondrá “el sello de pesca legal” y no más empresas radicadas en Argentina.

Este proyecto no solo limitará la pesca argentina en la ZEE, sino que destruirá toda la empresa instalada y produciendo. Las empresas pesqueras en la Argentina y el mundo, como dijimos, no son empresas constructoras. En la Pesca hay una super estructura cimentada desde hace años con inversiones periódicas donde se explota integralmente la actividad y a su riesgo: captura los recursos (con su complejidad biológica, marítima y de seguridad); los industrializa en forma directa (con su complejidad por tratarse de recursos altamente perecederos); los exporta sin intermediarios (donde el mercado internacional fija el precio) y realiza sus operaciones con trabajo intensivo (con la problemática laboral). No hay otra actividad productiva en la Argentina que sobrelleve semejante complejidad.

Que se deseche la promoción de procesar en plantas industrias que permite una mayor demanda de operarios; que no se exija el mayor valor agregado al producto final, lo que significa regalarles a los países importadores la transformación y la mano de obra argentina. Un verdadero desconocimiento de la actividad y sus efectos y, la “limpieza de exigencias”, una más, que deja en evidencia la intencionalidad del gobierno de abrir el mar argentino a buques extranjeros.

Este proyecto tira por la borda este esfuerzo fenomenal de las empresas, de los trabajadores y los sueños de los pioneros belgas, italianos y españoles que fundaron la actividad con esfuerzo y riesgo en el siglo pasado.

8) Pesca ilegal: Podríamos escribir varias páginas sobre los efectos negativos que provocará la extranjerización del mar. Nos limitaremos a decir, por ahorro administrativo, que este proyecto incrementará la pesca ilegal dentro de la ZEE por parte de los buques extranjeros como hemos dicho. La mayoría de las capturas se transbordarán en el mar y se apoyará desde los buques que operen en la ZEE a la pesca ilegal que se realiza sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar. A los 500 buques que operen en la ZEE se les agregarán, otros tantos pescando en alta y Malvinas, ahora con el apoyo de los que pesquen en la ZEE. No hay mejor forma de esconder un elefante que poniéndolo junto a muchos elefantes.         

9) La importación de pescado para el mercado local: como producto de la autorización para extraer el recurso pesquero en la ZEE a buques extranjeros, no obligarlo a desembarcar en los puertos argentinos y por obvias razones, no procesarlos en plantas industriales en el continente, la Argentina irá de exportar unos 2.000 millones de dólares por año a la necesidad de importar pescado para atender sus requerimientos internos. Menudo problema, el Estado perderá dólares y requerirá más dólares y, estará, en serias dificultades para llevar el consumo anual per cápita de 4,8 Kg. a los 9,8 Kg que consume Latinoamérica o los 10 kg. que consumen los africanos. Por cierto, muy por debajo del promedio mundial de 20kg per cápita.          

10) El estado concedente y los funcionarios: Eso sí, está ley, generará un muy buen negocio a quien interese a extranjeros a llevarse el pescado de argentina (presumo que ya más de uno habrá iniciado los contactos suficientes, incluso antes de elaborarse el proyecto), incluso, que algún empresario desahuciado, de armador, industrial y exportador pasará a tener el oficio de gestor que será más seguro, con menos carga impositiva y de menor riesgo. En menor escala ya los tuvo la actividad: de la complejidad total a tener una pequeña oficina, un teléfono y los contactos suficientes. Con estos proyectos producir será más riesgoso aún de lo que lo es.

11) La destrucción de las estadísticas y la investigación: volver a la “pesca olímpica”, de eso se trata, porque no habrá forma de controlar las capturas si estas se realizan con embarcaciones extranjeras que no tienen obligación de desembarcar en los puertos argentinos, destruirá más aún la previsibilidad, en un medio muy complejo, que requiere de un análisis de la información e investigación permanente para regular sostenidamente el recurso. Destruida la estadística nadie tendrá la posibilidad de administrar seriamente la explotación del recurso. Es decir, no solo se destruirá la actividad y sus empresas sino también la investigación y formación de cuadros especializados invalorables.        

12) La libre importación de buques: Los artículos 245º y 250º abren la libre importación de buques extranjeros, donde solo se podrán efectuar verificaciones técnicas y de seguridad, de países que subsidian la construcción y, tienen bajas tasas de fomento. No se diseñan iguales políticas para que la industria naval argentina pueda competir en similares condiciones. Por cierto, esto terminará con la industria naval nacional. También se elimina la exigencia de que la construcción de un buque debe hacerse luego de obtener el permiso y, ello, es central, porque el recurso está sujeto a la determinación de la Captura Máxima Sostenible de modo de no agotarlo.  

Es verdaderamente asombroso que, retrotrayéndonos al siglo XIX, un gobierno no promueva la construcción de buques en el país (que en el exterior está subsidiada); que despreocupado por la desocupación nacional no exija que los buques empleen mano de obra nacional especializada, que la Argentina está en condiciones de proveer. Que no se considere importante la antigüedad de los buques, ha sido el motivo de decenas naufragios (En los últimos 15 años los buques “Jesús del Camino”, “Santa Lucía”, “Atlántida”, “Unión”, “San Jorge I”, “San Antonino” y, “Repunte”) con la consecuente pérdida de vidas humanas; aparte de que la modernidad, hace la operatividad más eficiente y menos contaminante;

13) El Consejo Federal Pesquero: La reforma (artículo 243º) elimina la facultad del Consejo Federal Pesquero de “Aprobar los permisos de pesca comercial y experimental”; lo cual es absolutamente contradictorio a la reforma que se propone, donde se mantiene en el artículo 7º que, dentro de las funciones (inc. d) de la Autoridad de Aplicación está la de “emitir los permisos de pesca, previa autorización del Consejo Federal Pesquero”. Obviamente toda la pesca en el mar territorial o la ZEE Argentina, sea comercial o experimental, debe ser aprobada. Salvo que la intención sea -directamente- liberar el mar argentino. Entiendo que no; pero, los efectos son los mismos. Como hemos dicho, el Consejo, debe ampliar su integración y modificar sus atribuciones.

14) El Tratado del Río de la Plata y la Zona Común de Pesca: Bueno, noasombra de la Argentina y en particular de la Cancillería. Deberían haber consultado a la República Oriental del Uruguay que opinión tenía nuestro país vecino sobre la apertura del mar a los extranjeros y el acuerdo que mantiene Uruguay y Argentina respecto a la Zona Común de Pesca. Una verdadera berretada de la Cancillería.  

15) La soberanía Nacional: Sobre esto habría que preguntarle al recientemente designado ministro de Defensa; pero, los buques pesqueros extranjeros de las grandes potencias no solo pescan. ¿Me explico? Los más de 500 buques argentinos que pescan en la ZEE son los que ejercen soberanía en la ZEE; lo demostraron incluso, durante la guerra de Malvinas. Y amplío, para que no quedan dudas: la soberanía política, territorial, económica, alimentaria, ambiental y social. Todo esto se habrá perdido con este proyecto.

La actividad pesquera tiene mucho que corregir y, yo soy partidario de ello; pero, esta reforma no atiende ninguno de los cambios centrales que podrían potenciar la actividad. Es posible que al sector se le pueda exigir más; aunque, es bueno decir, que lo ya hecho, se hizo, pese a los pésimos funcionarios del área, los crecientes costos internos y, a las erráticas políticas de los gobiernos de turno. Conocemos en detalle lo que pasa en Latinoamérica y, en la Unión Europea y, no existe viabilidad para iniciativas de este tipo en ninguna parte del mundo. Nadie regala sus recursos, mucho menos cuando las empresas radicadas en el país tienen capacidad para explotarlo y comercializarlo compitiendo a nivel internacional, pese a las condiciones muy desfavorables que imponen los gobiernos de turno.

La Argentina no necesita recursos económicos del Estado para financiar la actividad pesquera; pero tampoco se le deberían agregar retenciones no previstas al momento de concesionar la explotación, quitándole rentabilidad; dificultando reinversiones; impidiendo mantenimiento y reposición de buques y plantas industriales; el desarrollo poblacional e industrial en áreas desfavorables o generación de nuevos empleos.

Tuvimos la oportunidad de escuchar a la Canciller Diana Mondino -una inteligente profesional y, una mujer con carácter que nos pareció muy desinformada- defendiendo en varios medios este proyecto. Los datos aportados son para que NO NOS SUBESTIME como ella manifestara públicamente (LN+ 29/12/2023 16 horas).  LA INVITO A DEBATIR PUBLICAMENTE SOBRE ESTE PROYECTO para que podamos informar debidamente a los argentinos sobre esta aberrante iniciativa.

*Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena.

Fuente: Portal del autor (cesarlerena.com.ar)

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